Sunday, February 05, 2006

Para que Pepa se llame Pepa (2ª Parte)




No sé si os acordaréis de mi recurso para conseguir que el Registro Civil admita Pepa como nombre inscribible. Publiqué el recurso en estas páginas, pues la verdad es que es una lectura amena, y da una idea de hasta que punto un sistema que pretende regirse por el sentido común y la razón, conserva a menudo desechos de antiguas leyes mil veces remendadas que subsisten en nuestro espacio lógico como ciénagas donde los ciudadanos que quieran tomar un camino poco recorrido, quedaran atrapados y empantanados en el más espeso absurdo.

Tres días después del nacimiento de Pepa, acudía al Registro Civil de Madrid. Un lugar cutre, de paredes desconchadas de color amarillento y decolorido, ascensores sin señales que indiquen si suben o bajan, cartelería hecha con fotocopias, mobiliario de atención al público de diferentes épocas, donde ninguna mesa casa con otra... En fin, el sitio parecía el único edificio civil que sobrevivió a un gran cataclismo, y la cantidad de gente que se agolpa en él, y deambula desorientada, buscando una ventanilla de atención, contribuye a esa imagen aún más.

La cuarta planta de este edificio era donde se hacían los bautizos civiles de los recién nacidos, previa cumplimentación de un formulario demasiado complejo para los marroquíes, los gitanos analfabetos que allí encontré y la legión de madres ecuatorianas que se colgaban al niño del pecho, mientras que con la otra mano intentaban rellenar alguna casilla del formulario. Antes de poder terminar mi papeleo, tuve que ejercer una especie de fugaz voluntariado social, ayudando a inscribir a los Mohameds, las Jeniffers y las Altagracias con quienes que jugará mi hija de mayor en el parque del Retiro (merece un post aparte el capítulo de los gitanos que me hicieron rellenar sus formularios). Cuando por fin me tocó el turno de entregar mis papeles, llegó un pálido funcionario de pelo tan graso, que la caspa se le desleía y emulsionaba en una sustancia untuosa, parecida a la gomina, que mantenía su cabello sólido y compacto, y le sujetaba cual pegamento sus gafas de culo de vaso. El señor carraspeó y me dijo, en tono de declaración y con el vocabulario mas científico y pseudolegal del que era capaz, que Pepa era un "hipocorístico", y que por tanto no era inscribible como nombre según el artículo 54 de la Ley del Registro Civil, una ley redactada en tiempos de Franco que aún no ha sido derrogada (por desidia, no por convicción). Acto seguido, me entregó unas hojas de excel en que el juez encargado del registro se había tomado la molestia de apuntar todos los nombres, que según su criterio, no podían utilizarse: Pepa, Dani, Paco, etc... Tras un ataque de indignación inicial, resolví irme y comenzar mi ya citado recurso.

El día que volví para presentar mi recurso, tuve que esperar la cola de los recurrentes. En ella estaba un ciudadano nigeriano, que quería llamar a su hija "Blessing Chioma". Si Pepa hizo saltar todas las alarmas, imaginaba que "Blessing Chioma" le habría dado una taquicardia al juez Luis de la Haza Ruano (que así se llama el sabio al que mantenemos con nuestros impuestos para velar por el dichoso artículo 54). Pues como el absurdo artículo establece que es indispensable que el nombre clarifique si se refiera a una mujer o a un hombre, el juez había resuelto que la niña nigeriana debiera llamarse "Chioma Blessing" y no "Blessing Chioma", por eso de que Chioma acaba con a, y así se sabe si el bebé es niño o niña. El pobre nigeriano quedó descompuesto ante tamaño sinsentido, y su escasísimo vocabulario en castellano apenas le sirvió para poder verbalizar su desacuerdo y su indignación, bastaba con verle la cara para saber que no daba crédito a la resolución del juez, y se puso a llamar a su mujer para saber si estaba de acuerdo. Los gritos de furia de la mujer, a pesar de estar en yoruba, eran tan contundentes que el teléfono móvil del nigeriano parecía un altavoz más que un pequeño auricular. Pobre hombre, pensaba que había abandonado una tierra regida por jueces caprichosos que imponen la sharia y se sacan las leyes del corán o de las líneas de su mano, para llegar a Europa, una tierra iluminada por la Ilustración y donde las leyes están hechas por pensadores laicos, y se encuentra con el juez Haza Ruano. El nigeriano, desesperado, me explicó que era la tercera vez que acudía al Registro, le habían mandado a la embajada de Nigeria a que pidiera un informe en que se acreditara que el nombre "Blessing" y el nombre "Chioma" eran admisibles en Nigeria. Imagínense lo que debe ser lidiar con la burocracia nigeriana para conseguir ese papelito. Un infierno. Pero aquel hombre era determinado y quería nombrar a su hija de esa manera, y había conseguido hasta el último folio timbrado donde se aseguraba la elegibilidad del nombre. Yo me puse de parte de este señor, y argumenté que A.) Blessing quiere decir Bendición en inglés, y por tanto, se puede decir que es femenino y B.) recordé que la ley es absurda, ya que hay algunos nombres que pueden ser indistintamente para hombre o mujer, como lo es Rosario, o que hay nombres masculinos que se utilizan para nombrar mujeres, como Socorro o Milagros. Pero está claro que el sentido común no es patrimonio del Registro Civil de Madrid, que más bien se rige por los caprichos y la locura de un juez. Lo más sangrante fue ver la inquina con que los funcionarios del registro le decían al negro que ahora estaba en España, y que tenía que aceptar las leyes españolas.

Después del padre de Blessing, me tocó a mí presentar mi recurso. Me dijeron que tardaría unos seis meses en resolverse. Atención señores: seis meses para que unos funcionarios decidan si unos padres pueden llamar Pepa a su hija. De verdad, que da miedo pensar en qué se van nuestros impuestos, me siento como si estuviara sufragando una discusión sobre el sexo de los ángeles a un monasterio de monjes ortodoxos. Pues bien, en enero se han agotado ya esos seis meses de durísimas deliberaciones sobre mi complejo recurso, y el tema parece que se está tratando como un asunto de Estado, que de prosperar, cambiará para siempre la estructura sociocultural de España más aún de lo que lo hicieron las bodas gays, pues me dicen en la Dirección General de Registros (la instancia que resuelve el recurso) que ahora necesitan un año para llegar a una conclusión y que el juez ha pedido una consulta formal sobre si Pepa puede o no puede llamarse así, nada más y nada menos que a la Real Academia de la Lengua Española.

La Real Academia no es un órgano del que me fíe mucho, pues suele tardar unos cien años en aceptar una palabra como parte oficial de la lengua, así que en sus manos, podríamos pensar que Pepa se llamará así a título póstumo, y que serán sus nietos los que tengan que ir a corregir la lápida de su tumba. En cualquier caso, me puse en contacto con la Real Academia y les mandé un mail explicándoles mi situación, y rogándoles que respeten la elección de nombre de los padres, pues nos resulta muy chocante que en la España de 2006, sean la Real Academia y un Juez quienes decidan el nombre de un bebé, y no sus padres. Copio el mail que me manda la Real Academia, que tiene la buena costumbre de responder siempre y muy rápido.

Estimado Sr. Bergareche:

Efectivamente, la Dirección General de los Registros y del Notariado nos ha remitido una consulta formal acerca de la posibilidad de admitir como nombres oficiales los hipocorísticos. Nos complacerá hacerle llegar el informe correspondiente en cuando [sic] sea posible.

Reciba un cordial saludo.
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Departamento de Español al día
RAE


Resulta bastante llamativo que el órgano encargado de velar por la ortodoxia en el uso de la lengua, escriba "en cuando sea posible", y la verdad es que me preocupa que sea esta institución esencialmente conservadora la encargada de redactar el informe para el juez. Esto es como cuando Acebes le pidió un informe sobre la conveniencia del matrimonio gay a Aquilino Polaino. Espero equivocarme. Siempre me he preguntado si la RAE realmente sirve para algo, los ingleses no tienen ningún equivalente, y probablemente sea la lengua que goce de mayor salud en el planeta. De hecho los franceses, que tienen un equivalente a nuestra academia, la utilizan para blindarse del inglés... pero esto es una cuestión que deberá ser debatida en otro post.

A lo que iba, esto es lo que yo les contesté:

Ayer les hice una consulta y recibí una respuesta que no termina de aclarar una cuestión importante que va a determinar el nombre de mi hija. Ustedes se refieren al nombre de Pepa como hipocorístico, dependiente del nombre de origen hebreo Josefa. Etimológicamente hay dos teorías sobre el origen del nombre, una es que Pepe (y por consiguiente, Pepa), viene de Giuseppe. Otra teoría defiende que viene de las siglas Pater Putatibus, expresión que acompañaba al nombre de San José en las lecturas que se hacían en los monasterios. Supongo que es imposible determinar qué teoría es la verdadera, pero se puede decir, que en función de a cual de las dos teorías nos acojamos, Pepe es un hipocorístico o un acrónimo. Si estamos ante un acrónimo, podríamos inferir que la palabra Pepe (y por tanto, Pepa), están desgajadas del nombre José, y tienen sustantividad, puesto que su origen no es el nombre de origen hebreo José, sino una expresión latina. Por eso mismo, yo sería cauto y matizaría mucho, a la hora de incluir a Pepe como hipocorístico, sin sustantividad, tal y como hoy en día es el criterio de la Dirección General de Registros y del Notariado. Además, es absurdo que Pepa no tenga sustantividad y por tanto carezca de validez como nombre en España, pues entiendo que es un nombre de tanta raigambre que ya es palabra independiente de cualquier otra. El hecho mismo de que Pepa se refiera indistintamente a Josefa, María José o Josefina, indica que no es un nombre ligado inequívocamente a otro nombre concreto. Lo que el juez de la Dirección de Registros va a juzgar es si el nombre Pepa tiene sustantividad. Ustedes me contestan que la consulta formal es sobre el uso de hipocorísticos. Pepa no es un hipocorísitico cualquiera, tiene cientos de años de tradición. Cada caso debe estudiarse aparte... Y por último quiero añadir, ya que la elegibilidad del nombre que planteo para mi hija, de momento depende de su consulta, que es absolutamente absurdo que en la España de hoy se pueda nombrar a una niña como Jennifer, Vanessa, Elizabeth, etc... y no se le pueda llamar Pepa. Espero que la RAE sepa defender el acervo cultural español.

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CONTINUARÁ... (desgraciadamente)

11 Comments:

Anonymous Anonymous said...

Mortal! Te juro que cuando leí tu descripción del Registro Civil de Madrid, pensé que te habías equivocado, y habías estado en Montevideo...Pero no, despues me di cuenta que no, porque acá son más liberalies.Fijate que conozco casos de niñas llamadas Victoria Celeste(aludiendo obviamente al triunfo de la camiseta de la selección uruguaya), o Gloria Aurinegra(obviamente un padre de Peñarol), o Feriado Laborable...En fin. Alguien vinculado con el cine me contó una vez que en un rodaje de algun director famoso que ya no recuerdo se veía siempre a un hombre al que el director le hablaba, y éste respondía, y hacía demostraciones. Cuando el observador preguntó cual era la función del señor le respondieron:" es el encargado del sentido común, es el que nos recuerda como camina la gente por la calle, como sube a un bus, como pregunta por una calle si no conoce el sitio"...me quedó largo esto Jacobo, pero después de tu relato, me doy cuenta como a veces uno termina haciendo exactamente lo opuesto de lo que deseaba, gracias a la burocracia de nuestros países.

5:11 AM

 
Anonymous Anonymous said...

Mientras leía con mucho interés tu epopeya sobre el derecho a llamar a tu hija Pepa, estaba oyendo de fondo canciones de Laura Canoura (saludos Laura, que también pasas por aquí de vez en cuando). En la canción “Algo está cambiando”, el estribillo dice: “Yo solo sé que algo está cambiando, y que no quiero más estar en pie de guerra…”, lamentablemente, en lo que respecta al famoso artículo 54 no se da lo que dice Laura y hay que seguir en pie de guerra. Lo malo es que enfrente está un ejército muy poderoso, nada menos que la Administración y la RAE. Ya solo falta que te topes con la Iglesia, que me imagino que no estará muy lejos del tema, sobretodo si piensas bautizar a Pepa.
No sé… pero me da que tu batalla va a ser harto difícil de ganar. Los molinos son demasiado grandes para tu lanza.
Se me ocurre una sugerencia, por qué no renombras a Pepa como “Blessing Pepa Chioma” (Laura esto tiene una canción ¿no?)

10:30 AM

 
Blogger Shams said...

Bueno Liuva, con la Iglesia ya hemos topado, pues el artículo 54 de la L.R.C. es de 1957, y estaba originalmente diseñada para servir a los ideales nacionalcatólicos del régimen anterior. Por eso se da el caso de que (como en el caso de Pepe o Paco) cuando un nombre está ligado a otro del santoral, es difícil que lo admitan, pues se argumenta que el nombre no es independiente y no se ha "desgajado" del nombre oficial del que se deriva. El problema está en el concepto de "nombre oficial", que no debería existir. La ley tan sólo debe proteger a los recién nacidos de recibir nombres objetivamente perjudiciales, como por ejemplo "Hijaputa".

11:19 AM

 
Anonymous Anonymous said...

EL LIMBO DE LOS NOMBRES

Te anticipo una idea para cuento que me has sugerido o que quizá sólo se quede en estas líneas, que por de pronto no sé cuántas van a ser. De hecho, había pensado sólo dejarlo en una pregunta al aire: "¿Cómo llamar a Pepa mientras no se puede llamar Pepa?". Luego, he pensado en ese título tan bonito del "Limbo de los nombres". Pero en argumentos no he pensado. Cuando la operasteis, por ejemplo, ¿con qué nombre la inscribisteis? ¿Con qué nombre la llamaban? ¿La llamaban Pepa los médicos y enfermeros, quebrantando la ley, como el que hablaba catalán en Barna en tiempos de Franco o el que habla español ahora en el mismo lugar? Podemos imaginarnos a todos llamándola en voz alta con apelativos inconcretos como "ricura", "preciosa" o "princesa", y en voz baja, cuidando que nadie les vea, arriesgándose a decirle "Pepa" casi al oído, clandestinamente.
Si lo desarrollo, ya te lo paso, pero no lo piséis.
Por otro lado, parece mentira que las vallas publicitarias se llenen de "tís" con acento que hacen daño a los ojos, y la RAE no intervenga de oficio, y sin embargo se busque su arbitrio para algo que debía quedar en el ámbito doméstico.
Por lo menos, aunque no hayan sido rápidos en darte una respuesta, sí lo han sido en contestar. Tardaron mucho más en darse cuenta de que "CH", aunque asociadas a un solo fonema, eran dos letras y "LL" otras dos y por tanto no deberían tener un capítulo especial en el diccionario (de prosperar el argumento fonemático - es decir, como "ch" es fonema, tiene capítulo -, las palabras que empiezan por H - no asociada a ningún fonema - se encontrarían desperdigadas en los capítulos dedicados a cada una de las cinco vocales). Bueno, esto han sido casi dos comentarios, así que mejor me despido ya. ¡Viva la Pepa!

4:49 AM

 
Anonymous Anonymous said...

Pepa puede volverse famosa, como en la película Kramer vs Kramer, generando antecedentes en la jurisprudencia. Lo que a la larga llevaría a una película, obviamente, que podría llamarse como sugiere álvaro "el limbo de los nombres". Qué pasa con los derechos de los niños? Hay uno de los artículos que habla específicamente del derecho a un nombre. Ellos están violando ese artículo entonces. Jacobo, te recomiendo un sitio a propósito de los derechos de los niños que creo vas a disfrutar montones, es de un uruguayo que trabaja en animación. Tal vez el mejor.Se llama Walter Tournier : http://www.iin.oea.org/Videos/caratula_videos_2004.htm

5:31 AM

 
Blogger Shams said...

Pepa, de momento, y hasta que prospere el recurso, se llama Josefa. Eso sí, está inscrita en muchos sitios como Pepa. De hecho, en el hospital, su ficha de enferma está a nombre de Pepa... Yo me quise negar a inscribirla hasta que me dejaran poner el nombre que quisiera, pero me dijeron que en el artículo 54 está previsto, que en ausencia de nombre, son los funcionarios del registro quienes lo eligen.

7:09 AM

 
Anonymous Anonymous said...

Qué bueno, como los abogados de los detenidos en las películas: puede llamarla con su nombre, si lo tiene, o se le adjudicará uno de oficio. Podría ser un único nombre comodín (JOsé para niño; Josefa para niña). De pronto, un día en que hubiera un colapso de dudas en que los funcionarios no se atreviesen a autorizar ninguno de los nombres propuestos por los padres recientes, todos los niños de una determinada zona se vendrían a llamar igual. Después, el 80% de los expedientes no se resolverían, y te encontrarías en un mismo parque a todos los niños de la misma edad con un mismo nombre, y a sus padres llamándolos por el apellido (por cierto, ¿no sería lesivo para el niño este punto?). La burocracia sólo es soportable en la ficción.

11:54 AM

 
Blogger Shams said...

Álvaro, tienes una mente calenturienta... deberías ir al texto original del artículo 54, que aparece, entre otros, en un link que he puesto en la página. Verás que es una ley que se presta a la comedia

12:58 PM

 
Anonymous Anonymous said...

Gran parte de la contestación, más formal que real pero muy simbólica, a Franco se llevó cabo desde la RAE. Confía.

2:26 PM

 
Anonymous Anonymous said...

Artículo segundo.

El artículo 54 de la Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, queda redactado en los siguientes términos:

"En la inscripción se expresará el nombre que se da al nacido, si bien no podrá consignarse más de un nombre compuesto, ni más de dos simples. [...]

Atendiendo a que esto es así... ¿Cómo se las apañaron los Reyes para que su nieto se llamase Felipe Juan Froilán de todos los Santos?
Pregúntaselo al señor juez Luis de la Haza Ruano de mi parte la próxima vz que le veas, por favor.

10:25 AM

 
Blogger Shams said...

Mejor escríbele una postal, que yo ya he subido de instancia y ya no le veré hasta el próximo hijo que tenga

1:41 PM

 

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